EL PROCESO CONSTITUYENTE
El 1° de mayo el Presidente Nicolás Maduro Moros en la Conmemoración del Día Internacional de las y los Trabajadores en la avenida Bolívar de Caracas convocó al poder constituyente originario del pueblo para lograr la paz en un Estado social de derecho y de justicia que necesita la República, y detener la decisión de los sectores de la contrarrevolución venezolana interesados en instalar una guerra civil en nuestro país.

La Mesa de la Unidad Democrática (MUD), abandonó el camino de la democracia, ha escogido el camino de la violencia y de la lucha armada terrorista, agotó toda posibilidad de diálogo la cual contó con la intermediación del Papa Francisco y del acompañamiento de los expresidentes: José Luis Rodríguez Zapatero, Manuel Torrijos, Leonel Fernández y Ernesto Samper, Secretario de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) El presidente ha convocado una Constituyente Ciudadana no de partidos ni de élites, una Constituyente obrera, comunal, misionera, campesina, indígena, feminista, de la juventud, de estudiantes, pescadores, cultores, músicos, pensionados, de las personas con discapacidad, es por ello que su esencia es profundamente comunal. También convocó a la unión cívico militar para derrotar el golpe continuado con Constitución en mano.

En este contexto, el Ministro del Poder Popular para la Educación Elias Jaua Milano, ha ratificado “con la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente le estamos cerrando el paso a la instalación de una guerra civil en Venezuela. Para ello, le daremos apertura a un proceso democrático, popular y originario. El presidente de la República ha colocado su mandato a la orden del poder originario del pueblo, para que éste decida sobre el modelo de país que desea construir para reorganizar el Estado y desarrollar un nuevo ordenamiento jurídico y constitucional sin ningún tipo de limitaciones, salvo el respeto a los derechos humanos de las personas”, perfeccionar el sistema económico social y político del pueblo contenido en la
Constitución aprobada en el año de 1999. Recalcó que “el objetivo central de la Constituyente no es cambiar la Constitución, sino abrir un espacio político para un gran diálogo nacional”.

Esta convocatoria es absolutamente constitucional y se apoya en los artículos 347, 348 y 349 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Sobre la constituyente no hay poder posible:

Artículo 347. El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución. Todo lo que haremos es fortalecer nuestra Constitución Bolivariana, a la hija de Chávez, la pionera, la que nuestro comandante propuso perfeccionar, y las condiciones históricas no se dieron. Éste es el momento.

Artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; los Concejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral. Del carácter plenipotenciario, soberano y refundacional de la Patria:

Artículo 349. El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución. Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Una vez promulgada la nueva Constitución, ésta se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en la Gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente. Se abre un gran debate nacional entre quienes quieren la paz y ven en la Constituyente la oportunidad para un gran diálogo nacional que nos permita reorganizar y reconstruir el espacio de la política y la convivencia entre los venezolanos y las venezolanas

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